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Venezuela exige a Panamá la entrega de los estafadores Chamel y José Gaspard Morell, solicitados con notificación roja de Interpol

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La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente, el pasado jueves 1 de febrero, la solicitud de extradición activa de los ciudadanos José Gaspar Morell y Chamel Gaspard Morell, de nacionalidad venezolana, quienes residen en la República de Panamá, por su presunta participación en los delitos de estafa agravada, fraude y asociación para delinquir.

Los hechos del caso

Los hermanos Gaspard Morell son requeridos por el Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, que en fecha 12 de diciembre de 2023, emitió una orden de aprehensión en su contra, a solicitud de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, según la web Reporte.

Chamel y José Gaspard Morell

Según las actas del expediente, los hechos que motivaron la orden de aprehensión se remontan al mes de abril de 2018, cuando los ciudadanos José Gaspard Morell y Chamel Gaspard Morell, quienes fungían como presidentes de la empresa Industrias JG Induven 12-72, C.A., le ofrecieron a un inversor, bajo artificios y engaño, la oportunidad de realizar una inversión que consistía en la compra de un inmueble en la República de Panamá con capital totalmente aportado por su persona, adquisición que se realizaría mediante la referida empresa, representada en ese momento por los ciudadanos José Nolberto Tomás y Manuel del Jesús Carrión, indicándole que luego de eso le realizarían el traspaso del 100% de las acciones de la empresa.

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Sin embargo, los ciudadanos José Gaspard Morell y Chamel Gaspard Morell, valiéndose de la buena fe de la víctima, no cumplieron con el acuerdo previsto y no le otorgaron la totalidad de las acciones, causándole en consecuencia una afectación a su patrimonio.

La investigación del Ministerio Público

Asimismo, el ciudadano José Nolberto Tomás, empleando artificios y artimañas, se dio a la tarea de introducir y autenticar en el mes de diciembre de 2022, ante la Notaría Pública Primera de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, una “Declaración Jurada”, mediante la cual informa que un inversor, en el mes de enero de 2018, mostró interés en adquirir acciones de la empresa en referencia, pero que no había realizado el pago de 5.000 dólares americanos, acotando que de igual forma su persona no había efectuado el traspaso formal de las acciones, lo cual es falso.

El Ministerio Público realizó diversos actos de investigación para esclarecer los hechos, entre los cuales se encuentran la denuncia de la víctima, las boletas de citación a los ciudadanos José Gaspard Morell, Chamel Gaspard Morell y José Nolberto Tomás, las cuales no fueron atendidas por los mismos, las copias certificadas de los documentos de la empresa Industrias JG Induven 12-72, C.A., la inspección técnica a la notaría donde se realizó la declaración jurada de José Nolberto Tomás, y la solicitud de la notificación roja de Interpol para la localización y captura de los ciudadanos requeridos.

La detención y la solicitud de extradición

En fecha 29 de diciembre de 2023, la Dirección de Investigaciones de Interpol informó al Ministerio Público que los ciudadanos José Gaspard Morell y Chamel Gaspard Morell presentaban notificaciones rojas por Interpol, a solicitud del Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas.

Chamel y José Gaspard Morell

En fecha 8 de enero de 2024, la misma Dirección de Investigaciones de Interpol comunicó al Ministerio Público que funcionarios de la Oficina Central Nacional Panamá habían realizado la aprehensión del ciudadano José Gaspard Morell, quien presentaba notificación roja por Interpol, por los delitos de estafa agravada y asociación para delinquir.

En virtud de lo anterior, el Ministerio Público solicitó al Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el inicio del procedimiento de extradición activa del ciudadano José Gaspard Morell, por, según el dictamen judicial, encontrarse detenido en la República de Panamá.

Sin embargo, fuentes judiciales panameñas señalaron que José Gaspard Morell se encuentra en libertad en Panamá, tras haber sido detenido, después que un tribunal panameño estableciera el pago de una fianza para decretar su puesta en libertad.

La decisión del TSJ

En fecha 9 de enero de 2024, el referido tribunal acordó el inicio del procedimiento de extradición activa y la inmediata remisión de las actuaciones a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, por su esencia, para el conocimiento directo, en única instancia, de la extradición activa del ciudadano José Gaspard Morell.

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En fecha 18 de enero de 2024, la Secretaría de la Sala de Casación Penal emitió los oficios correspondientes al Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, al Director General del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), y al Director de Asuntos Internacionales del Ministerio Público, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 111, numeral 16, del Código Orgánico Procesal Penal.

El 22 de enero de 2024, se recibió vía correspondencia, el escrito contentivo de la opinión fiscal, suscrito por el Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, en el cual se solicitó se declarara la procedencia de la extradición activa del ciudadano José Gaspard Morell, por concurrir todos los requerimientos formales y sustanciales necesarios para la procedencia extradicional propuesta.

La Sala de Casación Penal, luego de verificar los requisitos necesarios para sustentar la solicitud de extradición activa, declaró procedente la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Convención Interamericana sobre Extradición, suscrita por la República de Panamá y la República Bolivariana de Venezuela, en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Extradición, celebrada en la ciudad de Caracas, del 16 al 25 de febrero de 1981.

La Sala de Casación Penal consideró que los delitos por los cuales se requiere la extradición del ciudadano José Gaspard Morell están tipificados en ambas legislaciones, con una pena privativa de libertad superior a un año, y que las acciones penales no se encuentran prescritas, conforme a lo establecido en los artículos 1 y 2 de la mencionada Convención.

La orden al Ejecutivo Nacional venezolano

Asimismo, la Sala de Casación Penal ordenó la remisión de las actuaciones al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores, a los fines de que se realicen las gestiones pertinentes para la extradición del ciudadano José Gaspard Morell, de conformidad con lo previsto en el artículo 385 del Código Orgánico Procesal Penal.

Finalmente, la Sala de Casación Penal exhortó al Ejecutivo Nacional venezolano a solicitar la detención preventiva con fines de extradición del ciudadano Chamel Gaspard Morell, de nacionalidad venezolana, quien se encuentra en la misma situación que su hermano José Gaspard Morell, y a iniciar el correspondiente procedimiento de extradición activa, de conformidad con lo establecido en el artículo 384 del Código Orgánico Procesal Penal.

De igual modo, se espera un próximo pronunciamiento por parte de las autoridades de Panamá, en torno a solicitud de extradición realizada por el máximo tribunal de justicia de Venezuela.

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