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Transparencia Internacional muestra cómo proveedores de servicios corporativos siguen resguardando a empresas anónimas en Panamá pese a escándalos como los revelados por los Panama Papers

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Cinco años después de que los Papeles de Panamá se publicaran por primera vez tras una filtración de documentos de Mossack Fonseca, entonces uno de los bufetes de abogados offshore más grandes del mundo, los gobiernos han recuperado más de US $ 1.360 millones en impuestos atrasados ​​y multas . Las autoridades de todo el mundo continúan investigando casos civiles y penales contra los acusados ​​de lavado de dinero y corrupción.

La publicación de los Papeles de Panamá en 2016 fue un momento decisivo para la transparencia financiera mundial . Los documentos filtrados proporcionaron una gran evidencia sobre el uso de empresas anónimas por parte de políticos, ejecutivos, multimillonarios y delincuentes para engañar al sistema y ocultar fondos adquiridos ilícitamente, según Transparencia Internacional.

La firma panameña Mossack Fonseca fue solo una de las muchas firmas de abogados que aún operan como proveedores de servicios corporativos, incorporando compañías en jurisdicciones offshore en nombre de los clientes, actuando como accionistas y directores nominados y administrando estas compañías por una tarifa anual. Otros proveedores de servicios corporativos también han sido el centro de atención en los últimos años por supuestamente ayudar a los clientes a lavar fondos sucios.

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En Panamá, los proveedores de servicios corporativos como Mossack Fonseca son clave ya que sirven como “agentes residentes”. Las empresas extraterritoriales establecidas en Panamá necesitan un agente residente y la obligación de identificar a las personas reales (beneficiarios finales) detrás de las empresas recae en ellos.

Una vez que estas empresas se incorporan con éxito, las autoridades generalmente no recopilan ninguna información sobre los propietarios reales de las empresas. En caso de sospechas o investigaciones contra una empresa en particular, las autoridades policiales o fiscales tendrían que solicitar información al proveedor de servicios corporativos. Si las autoridades tienen suerte, el proveedor de servicios corporativos divulgará la información de manera oportuna, esta información será precisa y el proveedor no avisará a su cliente mientras tanto.

Dado lo que sabemos sobre el papel de los proveedores de servicios corporativos gracias a los Papeles de Panamá , tal arreglo está lejos de ser ideal, ya que permite a los agentes residentes proteger a las empresas extraterritoriales envueltas en la corrupción.

En el caso de Panamá, otras brechas también impactan severamente la eficacia de estas reglas. Por ejemplo, los agentes residentes solo están obligados a recopilar información sobre el beneficiario final al comienzo de su relación con un cliente y no tienen la obligación de actualizar esta información. Las autoridades también deben indicar a los agentes residentes las razones por las que necesitan información sobre el propietario, lo que podría dar lugar a que los agentes residentes avisen a sus clientes.

Además, a partir de 2018, solo el 12 por ciento de los agentes residentes estaban registrados para la supervisión de la unidad de inteligencia financiera (UIF) del país. Esto limita la supervisión efectiva y la capacidad de las autoridades responsables para asegurar que los agentes residentes estén cumpliendo con sus obligaciones.

Cinco años después de los Papeles de Panamá, parece impensable que un modelo tan defectuoso todavía esté vigente en Panamá y que se considere una opción viable en el marco de lucha contra el lavado de dinero de un país.

En enero de 2020, el gobierno de Panamá aprobó la Ley 129 que estableció un marco regulatorio para crear un registro de beneficiarios reales en Panamá. Si bien este fue un paso importante hacia la detección y la lucha contra la corrupción, este marco estaba plagado de lagunas.

En ese momento, Libertad Ciudadana – el capítulo de Transparencia Internacional en Panamá – levantó banderas rojas de que el sistema, tal como lo propuso el gobierno, dejaría importantes lagunas legales que impactarían negativamente en su implementación efectiva. Dos grandes inconvenientes del sistema propuesto son las limitaciones de acceso – no sería un registro público, que es más efectivo que los registros privados – y la falta de un responsable que asegure la veracidad o exactitud de la información proporcionada. La legislación aprobada también ignora temas importantes como fideicomisos (fideicomisos), supervisión efectiva y sanciones por incumplimiento o por presentar información incorrecta.

Sin embargo, el problema es mucho más grave de lo previsto. Casi dos años después de la aprobación de la Ley 129, el registro de beneficiarios reales de Panamá todavía existe solo en papel. El gobierno no ha tomado medidas para adoptar el reglamento y no parece probable que se tomen medidas en un futuro próximo.

Panamá también continúa dependiendo de agentes residentes que están mal supervisados, y las empresas panameñas continúan siendo vistas como un arma secreta para cometer delitos y lavar dinero.

Además, Libertad Ciudadana descubrió que la ley aprobada por el gobierno en 2020 fue diseñada y aprobada apresuradamente principalmente para satisfacer al Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y garantizar que Panamá fuera eliminado de la lista gris de países con deficiencias en la lucha contra el lavado de dinero.

La inercia del gobierno panameño en la implementación del marco regulatorio para la creación de un registro de beneficiarios reales parece provenir de su enfoque equivocado en eliminar al país de esas listas grises en lugar de comprender la necesidad de un régimen efectivo de transparencia de beneficiarios reales. Esto también explica las deficiencias del marco propuesto: no se debió a la necesidad de abordar de manera significativa los problemas subyacentes que llevaron a que Panamá figurara en esas listas grises en primer lugar.

Una campaña de Libertad Ciudadana – Que no se Puedan Esconder  (ningún lugar donde esconderse) – muestra el valor de los registros de beneficiarios reales no solo en la lucha contra los delitos financieros y la corrupción en Panamá, sino también a nivel mundial.

Un régimen efectivo de beneficiarios reales haría mucho más que solo ayudar a Panamá a eliminar su nombre de las listas grises. Existe una creciente evidencia de países que ya han implementado sistemas efectivos de divulgación beneficiosa de que dicho sistema también ayudaría a las autoridades a estar mejor equipadas para detectar y combatir la corrupción, el fraude y los conflictos de intereses en la contratación pública. También respaldaría a las empresas y ayudaría a aumentar la confianza y la integridad en los sectores comercial y financiero.

Para asegurar que los contratos se adjudiquen con base en el mejor valor ofrecido, el desempeño en adjudicaciones anteriores y en el mejor interés de los contribuyentes, se requieren procesos de selección justos y abiertos, donde se divulgue la identidad de las personas que reciben fondos públicos como salvaguarda contra los ineficaces y uso corrupto de recursos.

En Panamá, existen serias preocupaciones de que la implementación de un registro de beneficiarios reales podría violar los derechos de privacidad de las personas. Sin embargo, la publicidad ofrece seguridad jurídica a la propiedad privada. El Registro Público de Panamá recopila, actualiza e integra datos y garantiza la autenticidad de documentos, títulos y actos, que van desde la transferencia de la propiedad de los bienes inmuebles hasta la capacidad jurídica de una persona física. Por ejemplo, para que se registre el acta de una reunión de copropietarios en propiedades horizontales, se debe incluir una lista de asistentes y datos sobre su propiedad.

Los riesgos asociados con la divulgación de información dependerán del contexto de cada caso. Dependiendo de estos, se podrían implementar excepciones. Tal es el caso del Reino Unido, donde solo las autoridades tienen acceso a determinados datos y excepcionalmente se puede solicitar la supresión de información si, por la actividad de la empresa o las características personales de los beneficiarios efectivos, éstos pudieran correr riesgo de violencia o intimidación. si sus datos se hicieran públicos.

El 29 de marzo de 2021 entró en vigor la Ley 81 de protección de datos personales la cual se inspira y se rige por los principios de lealtad, finalidad, proporcionalidad, veracidad y exactitud, seguridad de los datos, transparencia, confidencialidad, licitud y portabilidad. Un registro público de beneficiarios finales últimos cumple con estos principios. Independientemente, el procesamiento de datos personales por parte de las autoridades con fines de prevención, investigación, detección o persecución de delitos o la ejecución de sanciones penales no entra dentro del ámbito de aplicación de esta ley.

El gobierno de Panamá debe abordar las debilidades en su marco propuesto para un régimen de beneficiarios reales en el país y avanzar hacia la implementación del marco para poner fin al abuso de empresas anónimas, señala Transparencia Internacional.

La comunidad internacional, y en particular el GAFI, como organismo normativo mundial contra el blanqueo de capitales, debería revisar de una vez por todas las normas internacionales sobre la transparencia de los beneficiarios reales. Esto ayudará a brindar más claridad y orientación a los países sobre las medidas que deberían estar en vigor para asegurar que la información precisa, adecuada y actualizada sobre el beneficiario final esté disponible para las autoridades competentes de manera oportuna. Al hacerlo, el GAFI debería aprender del pasado y no insistir en medidas que claramente han fallado en todos los países.


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