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Consejo Nacional de Periodismo de Panamá y Fórum de Periodistas por las Libertades condenan decisión de la Antai de multar a medio online que publicó un certificado de matrimonio

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La multa que impuso la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) al sitio de noticias La Verdad Panamá, por divulgar un certificado de matrimonio como parte del contenido de una noticia, atenta contra el periodismo investigativo y el periodismo judicial, advirtieron el Consejo Nacional de Periodismo (CNP) y el Fórum de Periodistas por las Libertades de Expresión y de Información.

En un comunicado conjunto divulgado este viernes 3 de junio de 2022, los gremios advierten que la actuación de Antai, sobre la base de la Ley 81 de 2019 sobre protección de datos personales, establece un precedente peligroso para el ejercicio libre, ético e independiente del periodismo, por lo que solicita reconsiderar y enmendar a multa, informó Mónica Palm en La Prensa.

“La interpretación que ha dado la Antai implicaría que cualquier persona pueda exigir una sanción a un medio, periodista o ciudadano que publica su nombre o la imagen de un documento donde aparece su nombre solo porque esta no lo ha autorizado. De ser así, publicar sobre cualquier asunto de interés público con el respaldo de documentación, informes, resoluciones judiciales, entre otros, implica una multa garantizada porque, naturalmente, quien se oponga a que el hecho de interés se haga público, considerará que la publicación de su nombre es violatorio de la ley”, señalan el CNP y el Fórum, en su comunicado.

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La Antai multó con $1,000 a La Verdad Panamá y a la periodista Amanda Alvarado por una noticia del 26 de junio de 2021, en la que se publica un certificado de matrimonio expedido por la Dirección Nacional de Registro Civil, del Tribunal Electoral, aportado al medio de comunicación por una de las partes afectadas y fuente de la noticia, de manera libre y voluntaria.

Según la entidad, el sitio debió obtener el consentimiento “inequívoco e informado” de todos los suscritos en dicho documento público, “o en su defecto haber realizado un proceso de anonimización, con la intención de no dar a conocer datos personales de los cuales no había obtenido un consentimiento expreso”, señala la Resolución del 5 de mayo de 2022, que firma Krisna Núñez, directora de Protección de Datos Personales de Antai.

Los gremios periodísticos advierten que la Ley 81 de 2019 tiene como objetivo principal proteger la información personal en una base de datos comercial o publica, y no debe interferir con la libertad de prensa y el derecho de la población a mantenerse informada.

“So pretexto de la protección de datos, aceptar este precedente es darle una puñalada al periodismo, porque cualquier delincuente podrá quejarse de que publicaron su nombre aún cuando fuese arrestado, porque no ha recibido condena en firme, y sólo por el hecho de que la protección de datos está bajo la custodia de la Antai”, remarcó el comunicado.

Precedente nefasto

El Consejo Nacional de Periodismo (CNP) y el Fórum de Periodistas por las Libertades de Expresión e Información cuestionaron a la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai) por sancionar con una multa de $1,000 al medio digital La Verdad por difundir contenido suministrado por la propia fuente de la noticia.

Los gremios periodísticos manifestaron que lo efectuado por la Antai sobre la base de la Ley 81 del 26 de marzo del 2019 sobre protección de datos personales, establece «un precedente peligroso para el ejercicio libre, ético e independiente del periodismo nacional», por lo que solicitan a la Antai reconsiderar y enmendar sus acciones, reseñó Lourdes García Armuelles en La Estrella de Panamá.

Explicaron que la interpretación que ha dado la Antai implicaría que cualquier persona pueda exigir una sanción a un medio, periodista o ciudadano que publica su nombre o la imagen de un documento donde aparece su nombre solo porque esta no lo ha autorizado.

“De ser así, publicar sobre cualquier asunto de interés público con el respaldo de documentación, informes, resoluciones judiciales, entre otros, implique una multa garantizada porque, naturalmente, quien se oponga a que el hecho de interés se haga público, considerará que la publicación de su nombre es violatorio de la ley”, condenaron la CNP y el Fórum de Periodista.

Además, defendieron que “en un sistema democrático saludable, la interpretación y aplicación de la legislación sobre protección de datos personales, no debe interferir con la libertad de prensa y el derecho de la población a mantenerse informada, ya que dicha ley tiene como objetivo principal proteger la información personal en una base de datos comercial o pública, y establece obligaciones para el depositario de dicha información”.

Según el CNP y el Fórum de Periodista, la sanción de mil dólares que le impone la Antai al medio de comunicación La Verdad establece un precedente “nefasto” para la transparencia y acceso a la información y un atentado a la libertad de expresión y libertad de prensa.

Mencionaron que “aceptar este precedente es darle una puñalada al periodismo, porque cualquier delincuente podrá quejarse de que publicaron su nombre aún cuando fuese arrestado, porque no ha recibido condena en firme, y sólo por el hecho de que la protección de datos está bajo la custodia de la Antai”

“Consideramos una atrocidad que un ente administrativo sancione a un medio de comunicación por divulgar un documento de carácter público. Con esto se atenta contra el periodismo investigativo y el periodismo judicial”, manifestaron el CNP y el Fórum de Periodista.


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